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Jornada laboral de 40 horas en México: cuándo entra en vigor y qué cambia para ti

11/07/2026
Jornada laboral de 40 horas en México: tabla de reducción año por año - CONSISA
⚖️ Jornada laboral de 40 horas · Reforma

La jornada laboral de 40 horas ya es ley: baja de 48 a 40 horas entre 2027 y 2030, sin tocar tu sueldo.

📋 Datos del DOF📅 Tabla año por año🕒 Guía de 5 minutos
Respuesta rápida

La jornada laboral de 40 horas en México llegará de forma gradual: a partir del 1 de enero de 2027 el máximo semanal será de 46 horas, y bajará 2 horas cada año hasta llegar a 40 en 2030. La reforma ya está publicada en el Diario Oficial de la Federación y tu sueldo y prestaciones no pueden reducirse por este cambio.

Qué dice la reforma de la jornada laboral de 40 horas

La reducción de la jornada se aprobó en dos pasos. Primero, una reforma constitucional al artículo 123, publicada en el DOF el 3 de marzo de 2026. Después, la reforma a la Ley Federal del Trabajo que la reglamenta, publicada el 1 de mayo de 2026.

El cambio no es de un día para otro: la ley marca una reducción escalonada de 2 horas por año, que arranca el 1 de enero de 2027 y termina en 2030 con la semana de 40 horas. El resto del año previo al arranque es, por ley, una etapa de preparación para empresas y trabajadores.

📌 En corto: hoy el máximo legal sigue siendo 48 horas semanales. El primer recorte real lo verás a partir del 1 de enero de 2027.

Jornada laboral de 40 horas: tabla año por año

Esta es la tabla oficial de la gradualidad. Cada límite aplica a partir del 1 de enero del año indicado:

A partir deJornada máxima semanalTope de horas extra por semana
2026 (actual)48 horas9 horas
1 de enero de 202746 horas9 horas
1 de enero de 202844 horas10 horas
1 de enero de 202942 horas11 horas
1 de enero de 203040 horas12 horas

Fíjate en el detalle: mientras la jornada ordinaria baja, el tope de horas extra permitidas sube. Es el mecanismo que la ley da a las empresas para cubrir picos de trabajo, pagándolos como tiempo extraordinario.

¿Pueden bajarte el sueldo o tus prestaciones?

No. El decreto lo dice expresamente: la reducción de la jornada no puede implicar disminución de sueldos, salarios ni prestaciones. Trabajarás menos horas por el mismo ingreso mensual.

Eso significa que, en la práctica, tu pago por hora sube cada año de la transición. Y como tu salario diario no cambia, prestaciones que se calculan con él —como el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional o un eventual finiquito— tampoco se reducen.

Qué pasa con las horas extra

La reforma también reorganiza el tiempo extraordinario:

  • Las horas extra se pagan al doble, hasta el tope semanal vigente (ver tabla).
  • Las que excedan ese tope se pagan al triple.
  • Pueden distribuirse en máximo 4 horas por día y hasta 4 días por semana.
  • Entre jornada ordinaria y extraordinaria, ningún día puede superar las 12 horas de trabajo.
⚠️ Ojo: las horas extra son voluntarias y deben pagarse. Si tu centro de trabajo excede los nuevos límites sin pagarlas, puedes pedir asesoría gratuita en la PROFEDET.

Jornada diurna, nocturna y mixta: qué se mantiene

Los máximos diarios por tipo de jornada no cambian. Lo que baja es el total semanal:

  • Diurna: hasta 8 horas por día.
  • Nocturna: hasta 7 horas por día.
  • Mixta: hasta 7.5 horas por día (con periodo nocturno menor a 3.5 horas).

En la práctica, al reducirse el total semanal muchas empresas reorganizarán turnos y días de descanso. Consulta también los días de descanso obligatorio que marca la ley.

Nuevas obligaciones para los patrones

A partir del 1 de enero de 2027, todo patrón deberá llevar un registro electrónico de la jornada de cada persona trabajadora, con al menos la hora de inicio y de fin, disponible para la autoridad laboral cuando lo requiera. No contar con él podrá ser motivo de multa.

📌 La Secretaría del Trabajo emitirá los lineamientos que regularán este registro y sus excepciones. En cuanto se publiquen, actualizaremos esta guía.

Cómo prepararte desde ahora

  1. Revisa tu horario y contrato actual. Identifica cuántas horas semanales trabajas hoy y cómo están pactadas.
  2. Calcula tu pago por hora. Así sabrás exactamente cuánto mejora con cada recorte de jornada y podrás detectar horas extra no pagadas.
  3. Si eres patrón, audita jornadas y turnos. Planea desde ahora la reorganización, el costo de horas extra y el registro electrónico que será obligatorio.
  4. Sigue los lineamientos de la STPS. Los detalles operativos del registro de jornada se publicarán antes del arranque de la gradualidad.
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Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la jornada laboral de 40 horas?

De forma gradual: 46 horas a partir del 1 de enero de 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 horas a partir del 1 de enero de 2030.

¿Me pueden bajar el sueldo por trabajar menos horas?

No. El decreto establece expresamente que la reducción de jornada no puede implicar disminución de sueldos, salarios ni prestaciones.

¿La reforma aplica a todos los trabajadores?

Aplica a las relaciones de trabajo regidas por la Ley Federal del Trabajo. Los regímenes especiales tienen reglas propias; ante la duda, consulta a la STPS o a la PROFEDET.

¿Cómo quedan las horas extra con la reforma?

Se pagan al doble hasta el tope semanal vigente (9 horas en 2027, subiendo hasta 12 en 2030) y al triple las que lo excedan, con máximo de 4 horas por día y 4 días por semana.

¿Cambia mi horario diario?

Los máximos diarios se mantienen (8 horas diurna, 7 nocturna, 7.5 mixta). Lo que baja es el total semanal, así que verás más descanso a la semana, no días más cortos por ley.

¿Qué es el registro electrónico de jornada?

Una nueva obligación patronal a partir del 1 de enero de 2027: registrar electrónicamente el inicio y fin de la jornada de cada trabajador y tenerlo disponible para la autoridad laboral.

¿Qué hago si mi patrón no respeta los nuevos límites?

Las horas trabajadas por encima del límite deben pagarse como tiempo extraordinario. Puedes acudir a la PROFEDET, que ofrece asesoría y defensa laboral gratuitas.

⚠️ Aviso: esta guía es de apoyo orientativo y no sustituye a la autoridad laboral ni constituye asesoría legal. La aplicación de la reforma corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Consulta la información oficial en el portal de la STPS.